Insumisión digital

20-06-2004 16:44, por Sebastián Villalba

Según el nuevo código penal que entrará en vigor el 1 de octubre de este año, “será delito (penado con seis meses a dos años y multa de *12 a 24 meses*) bajarse una canción de un programa P2P sin permiso (já) del propietario de los derechos (ArtÃculo 270, apartado 2)” y “compartir el propio acceso a Internet vÃa WiFi estarán penadas con *seis meses a dos años* y multa de seis a 24 meses (ArtÃculo 286)” (“El Mundo”:http://navegante2.elmundo.es/navegante/2004/06/17/weblog/1087434681.html)

En unos, si esto no cambia, nacerá una nueva insumisión para enfrentarse a este despropósito de ley que solo defiende los intereses de unas industrias moribundas (las discográficas y las telecos): *la insumisión digital.* Si todos nos declaramos delincuentes, ¿nos encerrarán a todos?

Siguiendo la misma filosofÃa acabará siendo delito compartir el agua del grifo, asà que cuidado si tienes invitados en casa porque podrÃan caerte muchos años por compartir tu casa, el agua, la electricidad, la conexión a Internet y ¡oh! también por compartir ideas.

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